«Tras la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) el pasado 13 de septiembre estamos a la espera que el Tribunal Supremo resuelva el caso que impulsamos desde 2009. En ese momento sabremos el alcance de esta resolución así como las pautas a seguir en los casos sucesivos.» Así se expresa Arantxa Triguero, presidenta de Málaga Acoge y una de las abogadas que han dado seguimiento al caso que ha servido para que el máximo Tribunal de la Unión Europea declare a la Ley de Extranjería española contraria a la normativa europea.
Los extranjeros que estén tramitando permisos de residencia por ser progenitores de ciudadanos de la Unión Europea ya podrán invocar la aplicación de la Sentencia. Antes estas personas no tenían posibilidad de tramitar su permiso si contaban con antecedentes penales, un condicionante que impedía que se valorara si quiera su solicitud. La denegación de la autorización de residencia y trabajo a los padres dificulta, como en el caso impulsado por Málaga Acoge, la manutención de los menores, poniéndole en riesgo de exclusión social e incluso en peligro de tener que abandonar el territorio de la Unión Europea. Tras la sentencia la denegación automática de un permiso de residencia por el solo motivo de tener antecedentes penales se declara contraria a la normativa siempre, a menos que el extranjero no implique una «amenaza real, actual y suficientemente grave» para la sociedad.
Liliana De Rossi, también abogada del Departamento Jurídico, y responsable junto a Arantxa Triguero del seguimiento del caso, afirma que la Sentencia es un paso más pero no es el fin último que perseguimos desde Málaga Acoge: «Estamos muy contentas con esta resolución pero nuestro objetivo fundamental es que la Ley de Extranjería sea modificada.»
«Desde el Congreso debe haber una reflexión. Ya son varias las ocasiones en las que se le ha llamado la atención a nuestro país por la forma en la que aplica la ley y esa reflexión debe llevarnos a una reforma más amplia de nuestra Ley de Extranjería.» Así se manifiesta José Luis Rodríguez, Vocal del Área Social de Málaga Acoge, también abogado del Departamento Jurídico de la asociación. «Esta sentencia refuerza el estatuto ciudadano de la Unión Europea: proteger al ciudadano de la UE, que en este caso son dos menores que necesariamente tienen que estar acompañados. No puede negarse la residencia al padre de un ciudadano europeo.»
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