Málaga Acoge esta reconocida como entidad de utilidad pública desde el año 2005 (BOE 21/02/2005, nº 44) y, en ese sentido, las colaboraciones económicas se benefician de las exenciones y beneficios fiscales según la ley 49/2002:
- Las personas que realizan una donación económica o material a Málaga Acoge tienen derecho a una deducción del 25 por ciento en la cuota íntegra del IRPF, con un límite del 10 por ciento de la base imponible. Además, existen otros tipos de incentivos fiscales, según el tipo de colaboración.
- Las entidades jurídicas que realizan una donación económica o material a Málaga Acoge tienen derecho a una deducción del 35 por ciento en la cuota íntegra del Impuesto de Sociedades, con un límite del 10 por ciento de la base imponible. Además, existen otros tipos de incentivos fiscales, según el tipo de colaboración.