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Hace apenas unos días Cecilia Malmström, en nombre de la Comisión Europea, y al hilo de la contestación a una pregunta parlamentaria, le recordaba al estado español, que “no debe recurrirse a la fuerza para disuadir del cruce de fronteras no autorizado. Además, la vigilancia de las fronteras debe llevarse a cabo sin perjuicio de los derechos de las personas que soliciten protección internacional, en particular en lo que se refiere al principio de no devolución y al acceso efectivo al procedimiento de asilo”. Estas declaraciones se unían a las del Comisario de Derechos Humanos del Consejo de Europa, Nils Muiznieks, que pedía investigar lo ocurrido el pasado día 15 cuando un joven, tras recibir varios golpes por parte de agentes de la guardia civil, era entregado a las autoridades marroquíes, según los videos aportados por la organización PRODEIN. Estas y otras actuaciones se producen ante la insistencia del gobierno español en devolver a Marruecos a quienes cruzan la frontera sin identificar a estas personas y negándoles el acceso a las garantías y procedimientos establecidos en la ley, una práctica que está siendo objeto de investigación por parte de los tribunales y que han llevado a la imputación del responsable máximo de la Guardia Civil de Melilla.
Pues bien, en claro ejercicio de fraude normativo el grupo parlamentario popular aprovecha las enmiendas al proyecto de Ley Orgánica de Protección de Seguridad Ciudadana proponiendo una Disposición Adicional Décima a la actual Ley 4/200 de Extranjería mediante la cual establece que quienes intenten cruzar la frontera de Ceuta y Melilla sin autorización “…serán rechazados a fin de impedir su entrada ilegal en España”.
Ante esta enmienda, las organizaciones que componemos en España la red Migreurop expresamos las siguientes observaciones:
1º La manera de querer legitimar una actuación a todas luces irregular es un fraude normativo y una burla al poder legislativo, además de denotar un temor ante las continuas denuncias desde instancias europeas e internacionales.
2º Aunque el gobierno intente dar cobertura legal a las llamadas devoluciones en caliente no por ello deja de ser una práctica contraria a los estándares mínimos internacionales de protección de los derechos humanos y a la propia normativa europea expresada en la Directiva de Retorno. Varios expertos ya se han pronunciado también sobre su posible inconstitucionalidad.
3º La redacción de la enmienda no soporta el más mínimo control de rigor normativo y no añade nada nuevo a lo que ya está regulado en la ley y el reglamento respecto al rechazo en frontera que se realiza a través de los procedimientos de devolución y retorno, que precisan de un asesoramiento jurídico, a no ser que se quiera crear en Ceuta y Melilla zonas oscuras al margen de la propia Ley de Extranjería.
4º Esta propuesta normativa coloca al estado español fuera de las reglas de juego de la política europea y de los tratados internacionales por él ratificados. Para cuando las instancias judiciales corrijan este despropósito será tarde y los daños irreversibles. Por todo ello, pedimos la retirada inmediata de esta enmienda.
Al mismo tiempo, invitamos a Cecilia Malmström y al nuevo comisario europeo de inmigración, en el momento en que estrena su cargo, a pasar de las palabras a los hechos y abrir una investigación sobre la actuación del gobierno español en esta cuestión.
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