«Las familias inmigrantes reciben más ayudas escolares». Hay muchas personas que aseguran que el alumnado inmigrante recibe muchas más ayudas públicas que el alumnado local por el mero hecho de ser de procedencia extranjera.
Es una idea totalmente infundada, ya que, como recoge la Constitución española, todas las personas tienen el derecho a la educación. Una idea desarrollada en el artículo 27.4, donde se incluye que la enseñanza básica primaria y secundaria que comprende diez años de escolarización entre los 6 y los 16 años y es obligatoria y gratuita. Además, los criterios para ayudar a las familias no tienen en cuenta la nacionalidad: la Ley indica que el acceso a los centros educativos, sistemas de bonificaciones o titulaciones es similar para todas y todos los menores.
Se cuenta en numerosas ocasiones que, en diferentes cuestiones relacionadas con la enseñanza, el alumnado inmigrante tiene prioridad frente al alumnado nativo y reciben más ayudas. Se piensa en cuestiones como el acceso a las bonificaciones para aula matinal, comedor o actividades extraescolares en los colegios. Según el estudio Actitudes hacia la inmigración, publicado por el Centro de Investigaciones Sociológicas en marzo de 2014, el 49% de personas encuestadas cree que «los españoles deberían tener preferencia a la hora de elegir colegio para sus hijos» y un 48% piensa que “aunque tengan los mismos ingresos, se les da más ayudas escolares a los inmigrantes que a los españoles”.
Se trata de una cuestión absolutamente infundada por varios motivos. Sobre todo al partir de que el artículo 27.1 de la Constitución española reconoce el derecho de todas las personas a la educación, desarrollando en el artículo 27.4 que la enseñanza básica primaria y secundaria que comprende diez años de escolarización entre los 6 y los 16 años y es obligatoria y gratuita. Además, el 27.5 asegura que: “Los poderes públicos deben garantizar el derecho de todos a la educación, mediante una programación general de la enseñanza, con participación efectiva de todos los sectores afectados y la creación de centros docentes”. Es decir: la propia Constitución española y la Convención sobre Derechos de los Niños señalan que el derecho a la educación de las personas menores de edad deberá garantizarse a todas y todos por igual, independientemente de su nacionalidad, origen, religión o, situación administrativa.
Es también lo que subraya el artículo 9.1 de la Ley de Extranjería, donde se recoge que “todos los extranjeros menores de dieciocho años tienen derecho y deber a la educación en las mismas condiciones que los españoles” y que el derecho a la educación comprende “el acceso a una enseñanza básica, gratuita y obligatoria, a la obtención de la titulación académica correspondiente y al acceso al sistema público de becas y ayudas”. La Ley indica que el acceso a los centros educativos, sistemas de bonificaciones o titulaciones es similar para cualquier menor.
Centrándonos en Andalucía, los requisitos para acceder a los diferentes servicios y bonificaciones de los centros escolares tienen en cuenta si las familias trabajan, si el alumnado se ve obligado a viajar para ir al colegio o instituto y, también, la situación socioeconómica de las familias y su riesgo de exclusión social. No existen criterios que destaquen al alumnado inmigrante o lo prioricen frente al nativo, sino que son cuestiones como la situación socioeconómica de la familia las que sirven para baremar todas las solicitudes de servicios como el aula matinal, el comedor escolar o las actividades extraescolares.
Es más, las actuales normativas andaluzas impiden a muchos niños y niñas inmigrantes su acceso al Derecho a la Educación (a pesar de estar recogido en la Constitución española y la Ley del Menor), ya que a raíz de la aprobación de la Orden de 31 de julio de 2012 (Boja 156 de 09/08/2012) las personas escolarizadas que tengan a uno de los miembros de su unidad familiar (mayor de 16 años) en situación administrativa irregular son excluidos de las bonificaciones para los servicios complementarios de la enseñanza (aula matinal, comedor escolar,…) lo que, en la práctica, supone su exclusión total de estos servicios.
Esta información se inscribe en el Proyecto Stop Rumores en Málaga, participación ciudadana para promover la convivencia , una iniciativa de Málaga Acoge que cuenta con el apoyo de la Diputación de Málaga. Este proyecto se incardina en la estrategia de lucha contra los rumores promovida por la Agencia Stop Rumores en www.stoprumores.com.
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