Málaga Acoge esta reconocida como entidad de utilidad pública desde el año 2005 (BOE 21/02/2005, nº 44) y, en ese sentido, las colaboraciones económicas se benefician de las exenciones y beneficios fiscales según la ley 49/2002.
Las entidades jurídicas (asociaciones, organizaciones, empresas…) que realizan una donación económica o material a Málaga Acoge tienen derecho a una deducción del 35 por ciento en la cuota íntegra del Impuesto de Sociedades, con un límite del 10 por ciento de la base imponible, para el primer año y 40 por ciento para el tercero y siguientes. Además, existen otros tipos de incentivos fiscales, según el tipo de colaboración.
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