555 personas han leído este post
Actualizado hace 9 años – Publicado el 10 de julio de 2009
Andalucía Acoge muestra su desacuerdo con una reforma legal que lejos de limitarse a reconocer los derechos constitucionales, recorta algunos avances del texto anterior. Y, en todo caso, no se acepta desde esta entidad su tramitación por vía de urgencia pues “reduce la capacidad de debate social e interlocución con los parlamentarios, teniendo en cuenta que se trata de una ley que afecta a derechos fundamentales de los ciudadanos extranjeros”, según Manmen Castellano, Presidenta de la Federación.
Según la Exposición de Motivos del Proyecto, son tres causas las que motivan la reforma de esta Ley de Extranjería 4/2000: cumplir las Sentencias del Tribunal Constitucional (STC), incorporar las Directivas Europeas sobre Inmigración, y adaptar la Ley a la nueva realidad migratoria de España. Para Andalucía Acoge, no es cierto que se incorporen las STC íntegramente, y es “precisamente en los derechos prestacionales donde no las cumple, como es el caso de la educación donde se siguen manteniendo restricciones en el acceso a la misma aun siendo un derecho universal”, en palabras de José Luis Rodríguez Candela, coordinador jurídico de la entidad. Sobre el mismo punto también destaca el “olvido de la educación infantil, fundamental en el proceso de adaptación a la escuela y primera medida para evitar el fracaso escolar de la población inmigrante”.
Con respecto al internamiento de personas inmigrantes en los CIE, uno de los puntos más denunciados por esta entidad, se amplían los casos de internamiento y la duración de éste a 60 días, acercándose al “espíritu de la Directiva de la Vergüenza”. Así, personas pendientes de expulsión administrativa pueden estar encerradas más tiempo que personas pendientes de extradición por la comisión de un hecho delictivo, para quienes el Convenio Europeo de Extradición establece un límite máximo de 40 días. A su vez, se acuerda regular por Reglamento el régimen de los centros de internamiento, cuando el Tribunal Supremo dejó claro que debía ser una Ley la que regule el régimen de estancia de esas personas por verse afectado el derecho fundamental a la libertad (art. 17 CE).“Es inadmisible que la ley contemple un recrudecimiento de los CIE y olvide la mejora urgente y necesaria de las condiciones de vida de los internos. Son espacios indignos, los agujeros negros de los derechos humanos en España. Nadie sabe con exactitud qué pasa dentro de esos muros.” Declara Manmen Castellano, Presidenta de Andalucía Acoge.
En el nuevo texto, se obstaculiza también el ejercicio de otros derechos fundamentales, como es el derecho a la tutela judicial efectiva, exigiendo trámites no solicitados a los españoles para acceder a los tribunales de justicia, y se restringe arbitrariamente la reagrupación familiar para los ascendientes de ciudadanos extranjeros y también para los de los españoles que hoy por hoy tienen el mismo régimen.
Por otro lado, la entidad valora algunos cambios introducidos en el texto del Proyecto como la posibilidad para las mujeres víctimas de violencia de género de tener una autorización de trabajo provisional, el control judicial de la suspensión de los plazos de internamiento, o la posibilidad de trabajar desde el primer momento de los cónyuges e hijos reagrupados.